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En la cama no todo vale. Es una afirmación muy clara, pero hay quien todavía le ve pegas. Y no hablamos solo de mantener relaciones ... sexuales sin consentimiento, que es quizá lo que más se conoce (y denuncia). Sino de quien una vez acordado que sí, que las va a haber, luego tiene comportamientos que no son aprobados por la otra parte de la pareja. Uno de ellos, el más 'novedoso', es el 'stealthing', una trampa sexual de nombre reciente y que no se conoce demasiado. Consiste en no usar preservativo pese a que la otra persona lo haya pedido.
El primer caso de este tipo que se denunció en España sucedió en 2017 en Sevilla. La víctima, una mujer, aceptó tener sexo siempre y cuando esta persona se pusiera un condón. Este dijo que sí, que todo ok, pero luego no se lo puso. Fingió que lo hacía, se produjo la relación, y luego la chica se dio cuenta del engaño...
El término 'stealthing' proviene del inglés y significa sigilo, ocultación o acción furtiva. Lo puso sobre la mesa la abogada y activista estadounidense Alexandra Brodsky hace casi una década, pero no es un fenómeno nuevo. Los profesionales que se ocupan de estos delitos deslizan que «lleva pasando toda la vida, lo que ocurre es que hasta ahora no se había identificado como una agresión sexual».
El interés por el mismo surgió durante un estudio del trabajo que realizan las prostitutas. Ahí los investigadores detectaron que era una práctica habitual por parte de los clientes. También es una situación conocida en los círculos homosexuales de Estados Unidos. Y en los últimos años incluso se ha promovido esta conducta en foros de internet como una tendencia sexual más o como una forma de protesta pero con fines degradantes y misóginos.
Si ya es difícil hablar de una agresión sexual, las víctimas del 'stealthing' se encuentran con tres grandes problemas. El primero es el hasta ahora desconocimiento de que forma parte de este tipo de delitos. El segundo es el doble juicio al que son sometidas, que las revictimiza, sostiene Agustina Vinagre, psicóloga y coordinadora del Máster en Victimología y Criminología Aplicada de la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR). Las personas que sufren una agresión sexual muchas veces se enfrentan a situaciones donde se pone en duda su palabra y se intenta justificar lo ocurrido con determinados comportamientos:«Se las pone en tela de juicio como no se pone por ejemplo a una persona que ha sufrido una agresión física o un robo», matiza.
Pero en el caso de esta trampa sexual influye, además, el tema de hasta dónde llega el consentimiento. Porque sí, dan luz verde a la relación sexual, aunque con condiciones. «Lo que hace la otra persona es saltárselas mediante el engaño», subraya la experta de la UNIR. «El consentimiento ha de estar presente durante toda la relación. Bien acordando unas condiciones previas, bien pudiéndose negar a determinadas prácticas durante el acto», remarca.
Y la tercera gran mole a la que tienen que hacer frente es el ahora qué. Este tipo de trampa sexual «va más allá del mero engaño», señala Vinagre. Todavía hay muy pocos estudios sobre el asunto, pero en todos se ha constatado el impacto social y psicológico profundo que genera.«Primero llega la ansiedad, es decir, la incertidumbre, de la mano de esa sensación de vulnerabilidad en la que se ha quedado la víctima». Esto es común a otro tipo de agresiones sexuales.
Luego, a esa culpa y vergüenza se suma el estrés. «Porque la agresión puede tener consecuencias a nivel fisiológico dado que te pueden contagiar alguna enfermedad. En el caso de Sevilla, fue una infección de transmisión sexual», detalla la experta. En un principio es una espada de Damocles hasta que se tienen los resultados. Después, si se confirma el contagio, lo que hay es un problema de salud que hay que atajar.
Pese a lo 'joven' que resulta la denominación de 'stealthing', la ley española sí ampara a las víctimas. Se juzga como un abuso o agresión sexual, con penas de uno a doce años, afirma Oriol Martínez Sanromá, profesor de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC). «No solo es una agresión física, sino también una violación de la libertad sexual y la autonomía personal», aporta. En el caso de Sevilla, el agresor fue condenado a tres años de prisión por abuso sexual y seis meses adicionales por lesiones al contagiar a la víctima,
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